El Tribunal Constitucional admite a trámite los recursos de los condenados por los ERE de Andalucía | España
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los 12 recursos de los condenados en la sentencia de los ERE de Andalucía, y ha abocado al pleno del tribunal la resolución que se adopte en su día sobre la existencia o no de vulneración de derechos fundamentales en dicho procedimiento penal, según fuentes del órgano de garantías. La resolución ha sido adoptada por la Sala Segunda del órgano de garantías, que la ha respaldado por cuatro votos a dos. El tribunal ha rechazado suspender el ingreso en prisión del expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán de forma cautelarísima, es decir, sin escuchar a las partes, pero abrirá una pieza para estudiar la petición del expresidente andaluz de forma cautelar.
La admisión a trámite implica que la existencia o no de vulneración de derechos fundamentales en el caso de los ERE será resuelta por sentencia por el Constitucional. La Sala Segunda ha aplicado una gradación a sus resoluciones. En primer lugar, ha resuelto admitir los 12 recursos presentados por los condenados del caso de los ERE por considerar que tienen trascendencia constitucional. En segundo término, ha decidido rechazar una primera petición del expresidente Griñán para que se llevara a cabo la suspensión de su ingreso en prisión como medida cautelarísima. Y en tercer lugar, ha acordado abrir una pieza separada para estudiar la suspensión del ingreso en prisión del expresidente andaluz, pero no como medida cautelarísima, sino cautelar. La diferencia está en que la primera la resuelve el tribunal sin oír a las partes, por razones de extrema urgencia, y en el segundo caso se abre un turno para que los intervinientes en el proceso se pronuncien sobre la justificación o no de la medida solicitada, en este caso la suspensión del ingreso en la cárcel por parte de Griñán, quien está recibiendo tratamiento médico por el cáncer que padece.
Los votos favorables a la admisión del recurso han procedido de los magistrados del sector progresista del tribunal, y los contrarios, del bloque conservador. Se han expresado a favor la presidenta de la Sala Segunda y vicepresidenta del Constitucional, Inmaculada Montalbán, y los magistrados Ramón Sáez, Laura Díez y María Luisa Balaguer. Han votado en contra los también magistrados Enrique Arnaldo y César Tolosa. Como ha habido votos en contra, la resolución se acordará mediante un auto, acompañado de los votos particulares en contra.
La decisión sobre la medida cautelar pedida por Griñán no se tomará en breve, porque la instrucción de la pieza separada, con consulta a las partes, lleva cierto tiempo. El tribunal ha preferido oír a los intervinientes en el caso ―el interesado, la Fiscalía, la Abogacía del Estado, que tomó parte en el proceso penal― en lugar de actuar directamente. La razón estriba en que ha considerado que no existen razones de urgencia para ello, dado que Griñán no ha ingresado en prisión, y sigue en libertad bajo tratamiento médico. Por tanto, cabe entender que la supuesta vulneración de derechos fundamentales que pudiera suponer su entrada en la cárcel, no se ha producido hasta estos momentos. La decisión sobre la entrada en prisión de Griñán está en manos de la Audiencia de Sevilla, el tribunal que puso la sentencia.
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